Quiero compartirles algo que me tiene un poco molesto y preocupado. Como profesionales de la salud mental, debemos mantener encendidas las alarmas sobre el ejercicio ético de nuestra profesión. Nos enfrentamos a diario a situaciones donde se pretende devaluar nuestra labor, y es momento de decirlo de forma clara, directa y sin rodeos: nosotros somos psicólogos, no somos vendedores de constancias.
Recientemente me ocurrió una experiencia que me hizo reflexionar profundamente sobre la enorme responsabilidad social y legal que recae sobre nuestros hombros cuando realizamos una evaluación pericial psicológica en Nicaragua.
1. La Ley 510 y la regulación de armas de fuego en Nicaragua
En Nicaragua, el uso y control de armas no es un tema que deba tomarse a la ligera. Para regular este ámbito existe la Ley Especial para el Control y Regulación de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados (Ley N.º 510).
Esta legislación establece de manera categórica en su Artículo 29, inciso 1, numeral 4 que todo ciudadano que aspire a la tramitación y obtención de una licencia de portación o tenencia de armas de fuego de uso civil debe cumplir obligatoriamente con el requisito de presentar una valoración psicológica favorable.
¿Qué evalúa realmente un peritaje psicológico para armas?
Una evaluación de idoneidad mental no es un simple trámite burocrático de revisión de documentos. Cuando un solicitante acude a la consulta psicológica con el fin de obtener su permiso de armas ante la Dirección de Armas y Explosivos (DAEM), el profesional está obligado a realizar un peritaje integral que analice:
- Nivel de impulsividad y control de impulsos: Para prever cómo responderá el individuo en situaciones de alto estrés o conflicto.
- Regulación emocional y tolerancia a la frustración: Asegurando que la persona no reaccione de forma desmedida o violenta.
- Rasgos de personalidad y estabilidad emocional: Identificando signos de desadaptación, psicopatologías, conducta antisocial o tendencias agresivas.
- Capacidad de atención, concentración y juicio de realidad: Indispensables para la manipulación segura de un arma.
2. "Solo necesito el documento": El peligro de las constancias compradas
Ayer precisamente me escribió una persona a mi consulta privada solicitando una constancia psicológica. Su argumento era el clásico: "Mire, solo necesito la constancia porque es el único documento que me falta para completar el expediente".
Con mucho gusto le aclaré el procedimiento: "Perfecto, usted viene a la clínica, le realizamos el peritaje psicológico correspondiente con la batería de pruebas requerida y, dependiendo estrictamente de los resultados obtenidos, le extiendo o no la constancia de aptitud". Porque así es como trabaja un profesional responsable.
La respuesta del solicitante fue tajante: "No, no, no se preocupe, voy a ver cómo resuelvo". Poco después me volvió a insistir pidiéndome únicamente el papel firmado sin someterse a ninguna evaluación. Ante mi negativa ética, me envió una fotografía de una constancia que acababa de comprarle a otra psicóloga del departamento de Chinandega, acompañada del mensaje: "Mire, esto es lo que usted no podía hacer si igual le iba a pagar".
Ética profesional vs. Riesgo social: Una mirada crítica
Por respeto a la deontología y a la ética profesional me reservo el nombre de la colega, pero el caso deja en evidencia una realidad preocupante. Vender un certificado de aptitud mental sin realizar la debida evaluación proyectiva y clínica no solo es una falta ética grave, sino que pone en peligro a toda la comunidad.
Implicaciones legales y de seguridad ciudadana
Imaginemos por un momento el escenario: se le otorga un documento de aptitud 'a ciegas' a alguien con escaso control de impulsos o un trastorno del estado de ánimo no diagnosticado. Esa persona obtiene un arma de fuego de forma legal y, bajo un arrebato de ira o en un estado alterado, comete un delito o genera una tragedia. ¿De quién es la responsabilidad moral y profesional de haber afirmado en un papel que ese sujeto era apto?
3. El rol del psicólogo como perito evaluador
Los psicólogos no estamos para firmar documentos al mayorista ni para complacer requerimientos exprés. Nuestra labor en este campo es la de un perito evaluador. Un peritaje profesional requiere la aplicación sistemática de entrevistas clínicas profundas y pruebas estandarizadas (como el test MPPI 2 RF, cuestionarios de personalidad y escalas de control emocional).
Solo después de procesar rigurosamente los resultados, el profesional puede dictaminar si el perfil psicológico de la persona es adecuado para la tenencia responsable de armas de fuego.
Colega que me lees: recordemos la gran responsabilidad que recae sobre nuestra firma y nuestro sello. Cuidemos la reputación de nuestro gremio y, sobre todo, protejamos la seguridad de la sociedad nicaragüense.
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